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¿Qué es un día de asuntos propios?
Un día de asuntos propios es un día libre que puede tener el trabajador sin tener que explicar sus motivos a la empresa y con total validez.
El trabajador sólo tiene que avisar de qué día con antelación pero sin aportar ningún tipo de justificación.
Los días de asuntos propios son como días libres pero sin ser vacaciones, más bien una ausencia por motivos personales.
¿Tengo que justificar el permiso?
No, los días de asuntos propios no necesitan ninguna justificación para la empresa.
Como hemos mencionado antes sólo tienes que avisar de que te coges estos días con antelación pero basta con decir que quieres un día de asuntos propios.
¿Puede la empresa negarme el día de asuntos propios?
Si, todo dependerá del convenio y del contrato que hayas firmado. Esto hace referencia a que no todo el mundo tiene derechos a días de libre disposición.
Normalmente, en la mayoría de convenio los trabajadores tienen unos días de asuntos propios pero es algo que tienes que revisar mirando tu convenido.
Para encontrar el convenio en el que estás debes buscarlo en tu contrato o nómina.
También deberás revisar el contrato de trabajo y sus anexos dónde la empresa puede hacer cambios sobre los días de asuntos propios.
Por ejemplo: Si en el convenio aparece que tienes 6 días de asuntos propios para jornada completa y tú sólo trabajas a media jornada, la empresa puede añadir en el contrato que sólo te corresponden 3 días por tu condición de trabajo.
¿Qué otros días de libre disposición tiene un trabajador?
Además de los días de asuntos propios y de las vacaciones de 25 días al año, el trabajador tiene una serie de permisos por motivo personal o días de libre disposición.
El día libre por motivos personales no cuenta como vacaciones.
Estos permisos, a diferencia de los días de asuntos propios, si necesitan un motivo y una justificación.
- Día libre para una mudanza
- 15 días de permiso por casamiento
- 2 días de permiso por nacimiento de un hijo, fallecimiento de un familiar directo, accidente o enfermedad grave
- Permiso de 1h cada día si tiene que dar lactancia a un menor de 9 meses o si tienes hijos prematuros ingresados en el hospital
¿Cuándos días de asuntos propios tiene un trabajador?
Cada convenio colectivo tiene establecido unos días de personales propios o ninguno, por lo que dependerá de que convenio tenga cada trabajador.
En la mayoría de casos si que existe días de libre disposición y suelen ser unos 6 días al año.
Por ejemplo, los funcionarios tienen 6 días de asuntos particulares según el artículo 48 K del EBEP. Para el nuevo convenio de limpieza de Madrid se han pactado 6 días al año también, según el artículo 25 K del EBEP.
No tienen tanta suerte los trabajadores del convenio de restauración que por norma general tienen tan sólo un día de asuntos personales.
Recuerda que los permisos de asuntos propios no son obligatorios ni son un derecho del estatuto de los trabajadores, que sólo podrás optar al día de libre disposición si así lo marca tu convenio colectivo o contrato.
¿Los días de asuntos propios se pagan?
No, los días de asuntos propios no se cobran ya que no pertenecen a días de vacaciones remunerados o a bajas médicas.
Es simplemente un día que el trabajador puede faltar al trabajo sin ningún tipo de justificación o explicación pero que no cobrará porque no está trabajando.
Esto conlleva a que tampoco se pueden cobrar los días de asuntos propios en el finiquito.
Solicitud día de asuntos propios
Cómo solicitar el día de asuntos propios no tiene mucha complicación ya que sólo debes mandar un correo o avisar a tu supervisor, o al departamento de Recursos Humanos.
Dependerá de quién manda en tu empresa y a quién le pides también las vacaciones.
Para mandar la solicitud del día de asuntos propios debes redactar un email que avise de que vas a solicitar un día por ese motivo y para cuándo.
Ten en cuenta que en muchos convenios y contratos aparece información sobre cómo solicitar los días de libre disposición (por ejemplo: tienes que avisar con 3 días de antelación, debe ser por escrito…).
También puedes pedirlo directamente hablando con el responsable pero es menos seguro a la hora de justificarlo si algún día hay algún problema.
No tienes que redactar una carta complicada como en el caso de la carta por baja voluntaria, más bien un mensaje con un aviso.